Se prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Río Negro el cobro de "plus" a toda persona física con cobertura social, como retribución en favor de los prestadores médicos, por las prestaciones clínicas, sanatoriales, de diagnóstico y tratamiento y cualquier otra, que se encuentren cubiertas por la legislación nacional o provincial o convenios suscriptos entre la obra social y los profesionales médicos u organizaciones gremiales que los agrupe.
Fecha de Inicio de Expediente: 12-06-2017
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: LASTRA Tania Tamara
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 13-06-2017 | 04-07-2017 | Favorable |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 04-07-2017 | 13-03-2019 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 13-03-2019 | 13-03-2019 |
- El 15-06-2017 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 15-06-2017 a las 09:00
- El 13-03-2019 Caducidad Sesión Ordinaria del 13-03-2019 a las 09:00