SECRETARIA LEGISLATIVA DEL CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO OESTE, remite copia certificada de la comunicación nº 42/18 por la que vería con agrado el tratamiento de una norma que suspenda los reclamos y/o medidas cautelares derivadas de la ley nacional nº 11723, sus decretos y normas reglamentarias, hacia el sector de propietarios de alojamiento y servicios turísticos.
Fecha de Inicio de Expediente: 22-11-2018
Etapa del Expediente: Agregado
Agregado al Proyecto Ley Nº 795/2018 Se suspende en todo el ámbito de la Provincia de Río Negro, por el término de trescientos sesenta -360- días contados a partir de la sanción de la presente ley, la ejecución de juicios y la interposición de medidas cautelares dictadas, derivadas de la aplicación de la ley nº 11723 de Propiedad Intelectual, de sus decretos reglamentarios y de toda norma complementaria, contra establecimientos hoteleros-gastronómicos y afines.
Autor/es: y otros
- El 30-11-2018 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 30-11-2018 a las 09:00