Prohíbe por tiempo indefinido desde la sanción de la presente ley la suspensión e interrupción del suministro domiciliario de electricidad y gas natural por falta de pago de los mismos, en los casos en que el usuario de dichos servicios públicos se vea imposibilitado de pagarlos cuando el porcentaje del costo exceda el 33% de los ingresos del grupo familiar conviviente.
Fecha de Inicio de Expediente: 16-05-2018
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: SABBATELLA Mario Ernesto
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 17-05-2018 | 13-03-2020 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 13-03-2020 | 13-03-2020 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 13-03-2020 | 13-03-2020 |
- El 22-06-2018 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 22-06-2018 a las 09:00
- El 13-03-2020 Caducidad Sesión Ordinaria del 13-03-2020 a las 09:30