Los establecimientos gastronómicos de la Provincia de Río Negro, tanto públicos como privados, no pueden ofrecer azúcar en ningún tipo de presentación que permita el uso discrecional por parte del consumidor, salvo que éste la requiera expresamente.
Fecha de Inicio de Expediente: 22-02-2018
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: OCAMPOS Jorge Armando - AGOSTINO Daniela Beatriz
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 27-02-2018 | 13-03-2020 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 13-03-2020 | 13-03-2020 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 13-03-2020 | 13-03-2020 |
- El 22-03-2018 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 22-03-2018 a las 08:00
- El 13-03-2020 Caducidad Sesión Ordinaria del 13-03-2020 a las 09:30