Al Banco Central de la República Argentina -BCRA-, la necesidad de que las tasas de intereses compensatorios, punitorios y/o resarcitorios, por financiación de saldos que apliquen las entidades emisoras de tarjetas de crédito, bancaria y no bancarias, no excedan a la tasa promedio adjudicada informada mensualmente por el BCRA, correspondiente a las Letras de Liquidez -LELIQ-, fijándose incluso una tasa menor a ésta última, mientras dure la emergencia sanitaria nacional y provincial.
Fecha de Inicio de Expediente: 22-05-2020
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Aprobado
Documento Aprobado: Comunicación 39/2020
Autor/es: MORALES Silvia Beatriz
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 26-05-2020 | 24-06-2020 | Favorable |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 24-06-2020 | 25-06-2020 | Favorable |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 25-06-2020 | 26-06-2020 | Favorable |
- El 29-05-2020 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 29-05-2020 a las 10:00
- El 30-06-2020 Aprobación Comunicación 39/2020 Sesión Ordinaria del 30-06-2020 a las 09:00