A la Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP-, Agencia Bahía Blanca, que vería con agrado la suspensión de las intimaciones que se le practican a los contribuyentes de actividades no esenciales, correspondientes a los períodos fiscales posteriores a marzo 2020.
Fecha de Inicio de Expediente: 21-09-2020
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Aprobado
Documento Aprobado: Comunicación 171/2020
Autor/es: SOSA Fabio Rubén
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 24-09-2020 | 12-11-2020 | Favorable |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 12-11-2020 | 16-11-2020 | Favorable |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 16-11-2020 | 16-11-2020 | Favorable |
- El 25-09-2020 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 25-09-2020 a las 09:00
- El 19-11-2020 Aprobación Comunicación 171/2020 Sesión Ordinaria del 19-11-2020 a las 09:00