Se prohíbe la comercialización de agua a granel potable o no, con o sin tratamiento o proceso de ningún tipo, obtenida de fuentes agotables superficiales o subterráneas del dominio originario de la provincia.
Fecha de Inicio de Expediente: 12-08-2024
Trámite parlamentario: Activo
Etapa del Expediente: Ingresado
Autor/es: ODARDA María Magdalena
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ESP. APROV. INT. DE REC. HIDRICOS, REC.ENRG.Y SER. | 13-08-2024 | ||
PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | |||
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | |||
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
- El 05-09-2024 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 05-09-2024 a las 09:00