Dispone que todas las asociaciones civiles deportivas con reconocimiento legal ante el Registro de Personas Jurídicas de la provincia, podrán acceder a subsidios, subvenciones, aportes, préstamos y/o cualquier otro beneficio comprendido en las leyes L nº 2038, L nº 4211, L nº 4222, L nº 4769 y L nº 5133.
Fecha de Inicio de Expediente: 18-10-2024
Trámite parlamentario: Activo
Etapa del Expediente: Ingresado
Autor/es: SPÓSITO Ayelén
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 21-10-2024 | ||
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | |||
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
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