Establece que las únicas y exclusivas banderas que están autorizadas a ser exhibidas y flamear en todos los edificios públicos de la Provincia de Río Negro son las banderas nacional y provincial, y la bandera municipal en caso de existir.
Fecha de Inicio de Expediente: 06-06-2024
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: LACOUR Martina Valeria - FREI María Laura
Acompañante/s: MURILLO ONGARO Juan Sebastián - STUPENENGO Ofelia Irene - DOCTOROVICH Claudio Alejandro - MARTIN Juan Carlos - PICOTTI Gabriela Alejandra
| Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
|---|---|---|---|
| CULTURA, EDUCACIÓN Y COMUNICACIÓN SOCIAL | 07-06-2024 | 30-04-2026 | |
| ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 30-04-2026 | 30-04-2026 | |
| PRESUPUESTO Y HACIENDA | 30-04-2026 | 30-04-2026 |
- El 12-07-2024 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 12-07-2024 a las 08:30
- El 30-04-2026 Caducidad Sesión Ordinaria del 30-04-2026 a las 08:00