Establece que las únicas y exclusivas banderas que están autorizadas a ser exhibidas y flamear en todos los edificios públicos de la Provincia de Río Negro son las banderas nacional y provincial, y la bandera municipal en caso de existir.
Fecha de Inicio de Expediente: 06-06-2024
Trámite parlamentario: Activo
Etapa del Expediente: Ingresado
Autor/es: LACOUR Martina Valeria - FREI María Laura
Acompañante/s: MURILLO ONGARO Juan Sebastián - STUPENENGO Ofelia Irene - DOCTOROVICH Claudio Alejandro - MARTIN Juan Carlos - PICOTTI Gabriela Alejandra
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
---|---|---|---|
CULTURA, EDUCACIÓN Y COMUNICACIÓN SOCIAL | 07-06-2024 | ||
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | |||
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
- El 12-07-2024 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 12-07-2024 a las 08:30