Proyectos Legislativos

Proyecto Ley Nº 374/2006

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Modifica el artículo 17 del Capítulo 2 de la ley nº 2055, referido a que el Estado Provincial está obligado a ocupar personas con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad, en una proporción no inferior al cuatro por ciento -4%-. Crear un Registro Laboral Unico de Aspirantes con Discapacidad.

Fecha de Inicio de Expediente: 31-05-2006

Etapa del Expediente: Agregado

Agregado al Proyecto Ley Nº 166/2007 Establece la obligatoriedad de incorporar personas con discapacidad en una proporción no inferior al cuatro por ciento -4%- de las respectivas plantas de personal de los tres poderes del Estado provincial, organismos descentralizados o autárquicos y empresas del Estado. Debiendo éstas informar al Consejo del Discapacitado sobre los puestos de trabajo vacantes y sus exigencias técnicas.

Autor/es: MANSO Beatriz

Acompañante/s: GATTI Fabián Gustavo - DI GIACOMO Luis - ARRIAGA María Marta - VALERI Carlos Alfredo

Tratamientos / Trámites:

- El 08-06-2006 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 08-06-2006 a las 09:00