Prohíbe cualquier modo de comercialización y/o venta al público, mayorista o minorista, venta ambulante, y uso particular de todo elemento de pirotecnia, cohetería de estruendo y globos aeroestáticos, sea éste de venta libre o no, y/o su fabricación en el territorio de la Provincia de Río Negro. Prohíbe su venta a menores de 16 años.
Fecha de Inicio de Expediente: 09-02-2024
Trámite parlamentario: Activo
Etapa del Expediente: Ingresado
Autor/es: ODARDA María Magdalena
Acompañante/s: BERROS José Luis - SPOSITO Ayelén - DELGADO SEMPÉ Luciano Jesús - PILQUINAO Carmelio Fabián
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 16-02-2024 | ||
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | |||
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
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