Proyecto Ley Nº 279/2020 Establece que los servicios que presten los profesionales de la salud a los que alude el artículo 1º de la ley G nº 3338, en el marco de la emergencia sanitaria establecida por el Decreto de Naturaleza Legislativa nº 1/2020, se consideren carga pública y deben ser cubiertos por una ART.