Proyecto Ley Nº 494/2026 Establece que el monto total de las retenciones, descuentos o embargos judiciales que se efectúen sobre los haberes de los trabajadores de los tres Poderes del Estado provincial, cualquiera sea su modalidad, origen o denominación, no puede superar el veinte por ciento -20%- de la remuneración neta percibida, una vez realizados los descuentos de ley.