Proyecto Ley Nº 527/2003 Inclúyanse en los términos de la suspensión dispuesta por el artículo 1º de la ley nº 3712 a los remates y ejecuciones derivados de saldos impagos de créditos otorgados a productores primarios por el ex Banco de la Provincia de Río Negro que administra la coordinación de organismos en liquidación, bajo operatorias destinadas a la actividad frutihortícola.