Sesión Ordinaria del 27-06-2008 a las 09:00 - Aprob.1º Vuelta

Resumen: Reunión IX - 37º Período Legislativo - 8º Sesión Ordinaria. Proyectos Sancionados: Declara expropiación inmueble de la Manzana Histórica, por su carácter de monumento histórico - Establece procedimiento de Juicio Político. Proyectos Aprobados: Suspensión remates judiciales de inmuebles destinados a la producción primaria - Crea los Colegios de Psicólogos - Adhiere al Régimen de Promoción de la Industria del Software. Presentación iniciativa popular.

Aprob.1º Vuelta

Total: 6 expedientes
Proyecto Ley Nº 86/2007 Crea en el territorio de la Provincia de Río Negro los Colegios de Psicólogos, que funcionarán con carácter de Persona Jurídica Pública no estatal y con jurisdicción en la Zona Andina, Alto Valle, Valle Inferior y Valle Medio.
Proyecto Ley Nº 247/2008 Crea el Fondo de Desarrollo Juvenil en el ámbito de la Dirección de Juventud dependiente del Ministerio de Familia. Abroga la ley n° 3968.
Proyecto Ley Nº 250/2008 Se declara monumento histórico provincial en los términos de la ley n° 3656, al inmueble de calle Rivadavia 148 de la ciudad de Viedma, en el que funcionara a partir del año 1897 la escuela primaria n° 1 de varones, primer establecimiento público educativo de la Patagonia. Se realicen gestiones ante la Comisión Nacional de Monumentos y Lugares Históricos, a fin de que se reconozca al citado edificio como Monumento Histórico Nacional.
Proyecto Ley Nº 306/2008 La Provincia de Río Negro adhiere al Régimen de Promoción de la Industria del Software, en los términos del artículo 27 de la ley nacional nº 25.922.
Proyecto Ley Nº 374/2008 El Poder Judicial debe adoptar los recaudos necesarios para el cumplimiento del inciso d- del artículo 23 de la ley nº 4199, en relación al número de Defensores de Pobres y Ausentes y de Defensores de Menores e Incapaces, para la implementación del Juzgado de Primera Instancia en materia de Familia nº 16 con asiento en General Roca.
Proyecto Ley Nº 452/2008 Se suspenden los remates judiciales de inmuebles que constituyen unidades destinadas a la producción primaria en cualquiera de sus formas. Se encuentran amparados por la presente ley aquellos inmuebles de los cuales se acredite ante juez competente, que se trata del único bien productivo propiedad del ejecutado. Se crea el Registro de Deudores Rurales con funciones en el ámbito del Ministerio de Producción.