Proyecto Ley Nº 618/2009 Establece requisitos y condiciones para otorgar reconocimientos a personalidades fallecidas y distinciones de Visitante Distinguido, Huésped de Honor, Ciudadano Ilustre, Personalidad Destacada y Premio al Mérito a toda persona o grupos que se han destacado en la provincia en estudio, profesión, oficio, actividades comunitarias, culturales y deportivas, entre otras. Crea una Comisión Específica para evaluar oportunamente el reconocimiento o la distinción.