Proyecto Ley Nº 307/2015 Establece la prohibición de conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido medicamentos que disminuyan la aptitud y de conducir habiendo consumido alcohol, cualquiera sea la concentración por litro de sangre, o sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Deroga la ley nº 4875.