Personal de la administración - equiparación de cargos - modificación art. 9 Ley 45
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Sancionada el 21-12-1960 | Promulgada el 31-12-1960 por Decreto Nº1492
Publicado en el B.O.Prov. Nº35 Pág.1
Vigencia: Art. 5 "El Poder Ejecutivo y las reparticiones autárquicas, adoptarán las medidas pertinentes para el cumplimiento de la presente Ley, a partir del 1 de enero de 1961
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 181
SUSTITUYE A Ley Provincial L Nº45
Afectado/s: Art. Nº9
(Por Art. Nº1)