Digesto Jurídico

Ley Provincial L Nº45

Compartir en:

Estatuto y escalafón del Empleado Público

Incluida en: Histórico

Caracter: Permanente

Sancionada el 15-11-1958 | Promulgada el 25-12-1958 por Decreto Nº945

Publicado en el B.O.Prov. Nº8 Pág.16

Vigencia: Art. 84, La presente Ley entrará en vigencia una vez reglamentada por el Poder Ejecutivo; a tal efecto ésta deberá realizarse antes de los ciento veinte -120- días de su promulgación

Fecha de Consolidación: 15-04-2008

Fe de Erratas:

- Publicada en el B.O.Prov. Nº16

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 45


Todas las afectaciones:

Registros: 47


Afecta a los siguientes Documentos: