Digesto Jurídico

Ley Provincial I Nº541

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Declara exentas del impuesto a las actividades lucrativas a Cooperativas de Fruticultores y Sociedades de Productores Fruticolas. Exime del pago de deudas a instituciones sin fines de lucro

Incluida en: Histórico

Caracter: Permanente

Sancionada el 24-03-1969 | Promulgada el 24-03-1969 de Hecho

Publicado en el B.O.Prov. Nº567 Pág.1

Fecha de Consolidación: 15-04-2008

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 541


Afecta a los siguientes Documentos:

DEROGA A Decreto Ley Provincial I Nº1246 - de 31-12-1957
Afectado/s: Art. Nº157, inciso 8
(Por Art. Nº4)
Observaciones: La norma derogada corresponde al artículo 157, inciso 8, del decreto 1246/57 modificado por el artículo 14 de la Ley 511/68