Legislación General

Ley Nº 541

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Declara exentas del Impuesto a las Actividades Lucrativas, a Cooperativas de Fruticultores y Sociedades de Productores Fruticolas. Deroga inc. 8 del art. 157 Codigo Fiscal.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada ( No Vigente )

Sancionada el 24-03-1969 Promulgada el 24-03-1969 De Hecho

Publicado en el Boletín Oficial del 31-03-1969 Pág.1;

Entrada en vigencia el 08-04-1969

Autor/es: PODER EJECUTIVO

Norma Consolidada: Ley Provincial I Nº541

Se encuentra afectada por:

Ley Nº 1301 - Derogación Total - Desde el 11-04-1978

Descripción: Abrogada implicitamente por Ley Nº 1301