Creación de una Cámara de Trabajo con asiento en Roca y jurisdicción en la II Circunscripción Judicial de la Provincia.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Sancionada el 20-08-1969 | Promulgada el 20-08-1969 de Hecho
Publicado en el B.O.Prov. Nº611 Pág.1
Vigencia: Art. 5 : La Ley Nº 529 entrará en vigencia a los treinta -30- días desde que la Cámara de Trabajo creada por la presente asuma su jurisdicción.
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 561
Registros: 1
MODIFICA A Ley Provincial P Nº529
Afectado/s: Art. Nº56
(Por Art. Nº5)
SUSTITUYE A Ley Provincial P Nº529
Afectado/s: Art. Nº57
(Por Art. Nº4)