Digesto Jurídico

Ley Provincial P Nº719

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Modificación artículo 827 de la Ley 697 -Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Río Negro-

Incluida en: Histórico

Caracter: Permanente | Objeto Cumplido

Sancionada el 27-03-1972 | Promulgada el 27-03-1972 de Hecho

Publicado en el B.O.Prov. Nº880 Pág.1

Vigencia: Artículo 2: La presente Ley entrará en vigencia a partir del 1 de abril del corriente año

Fecha de Consolidación: 15-04-2008

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 719


Afecta a los siguientes Documentos:

SUSTITUYE A Ley Provincial P Nº697
Afectado/s: Art. Nº827, primer parrafo
(Por Art. Nº1)