Modificación de la Ley 848 -incrementa remuneración del personal dependiente de los poderes del Gobierno Provincial-.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Firmado el 02-05-1974
Publicado en el B.O.Prov. Nº1104 Pág.1
Vigencia: Artículo 6º: las disposiciones del presente Decreto tendrán vigencia a partir del 1º de abril de 1974.
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
MODIFICA A Ley Provincial L Nº848
(Por Art. Nº1º, 2º)