Modificación al Convenio Multilateral celebrado en Salta el 18/08/77 al cual se adhirió la Provincia mediante Ley 1277
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Sancionada el 28-12-1979 | Promulgada el 28-12-1979 de Hecho
Publicado en el B.O.Prov. Nº1694 Pág.1
Vigencia: Art. 2º: La sustitución prevista en el artículo anterior regirá a partir del 1º de enero del año siguiente a aquel en el que se hubiere obtenido la ratificación de la totalidad de los fiscos adheridos.
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 1422
SUSTITUYE A Ley Provincial C Nº1277
Afectado/s: Art. Nº7º y 8º del Convenio Anexo.
(Por Art. Nº1º)