Digesto Jurídico

Ley Provincial I Nº1649

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Impuesto de Sellos y Tasa retributivas de servicios, a los actos celebrados ente entidades financieras y personas, que tengan por objeto financiar deudas de moneda extranjeras. Eximisión de pago

Incluida en: Histórico

Caracter: Permanente

Sancionada el 03-02-1983 | Promulgada el 03-02-1983 de Hecho

Publicado en el B.O.Prov. Nº2019 Pág.2

Vigencia: Art. 2º : La presente Ley entrará a regir a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial y tendrá efectos a partir del 2 de mayo de 1982.

Fecha de Consolidación: 15-04-2008

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 1649


Todas las afectaciones:

Registros: 2