Impuesto de Sellos y Tasa retributivas de servicios, a los actos celebrados ente entidades financieras y personas, que tengan por objeto financiar deudas de moneda extranjeras. Eximisión de pago
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente
Sancionada el 03-02-1983 | Promulgada el 03-02-1983 de Hecho
Publicado en el B.O.Prov. Nº2019 Pág.2
Vigencia: Art. 2º : La presente Ley entrará a regir a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial y tendrá efectos a partir del 2 de mayo de 1982.
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 1649
Registros: 2