Abrogando Ley Nº 1649 -Exceptúa del pago de impuestos a entidades financieras para la refinaciación de deudas en moneda extranjera-
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Sancionada el 28-11-1988 | Promulgada el 02-12-1988 por Decreto Nº2788
Publicado en el B.O.Prov. Nº2621 Pág.3
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 2266
ABROGA A Ley Provincial I Nº1649
(Por Art. Nº1)