Digesto Jurídico

Ley Provincial I Nº1669

Compartir en:

Impuestos y tasas a cargo de la Dirección Generalde Rentas. Pago de recargos, intereses y multas. Eximisión. Prorroga de plazo

Incluida en: Histórico

Caracter: Transitorio | Objeto Cumplido

Sancionada el 29-03-1983 | Promulgada el 29-03-1983 de Hecho

Publicado en el B.O.Prov. Nº2034 Pág.2

Vigencia: Artículo 2 - La presente Ley entrará en vigencia a partir de su sanción y promulgación

Fecha de Consolidación: 15-04-2008

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 1669


Afecta a los siguientes Documentos:

PRORROGA A Ley Provincial I Nº1636
Afectado/s: Art. Nº1
(Por Art. Nº1)
Observaciones: La prorroga dispuesta es hasta el 30-06-83