Modifica Ley 3259, Tasas Retributivas de Servicios Período Fiscal 1999.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Sancionada el 08-07-1999 | Promulgada el 20-07-1999 por Decreto Nº939
Publicado en el B.O.Prov. Nº3698 Pág.3
Vigencia: Artículo 2º.- Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 3299
SUSTITUYE A Ley Provincial I Nº3259
Afectado/s: Art. Nº1º Punto I -Registro Civil-
(Por Art. Nº1º)