Prorroga Plazo del Artículo 2do del Decreto de Naturaleza Legislativa Nº 07/97 -Régimen de retiro voluntario-.-
Incluida en: Histórico
Caracter: Transitorio | Objeto Cumplido
Firmado el 06-07-1999
Publicado en el B.O.Prov. Nº3698 Pág.8
Vigencia: Artículo 3º.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Registros: 1
PRORROGA A Ley Provincial L Nº3146
Afectado/s: Art. Nº2º 7 2º Párrafo
(Por Art. Nº1º)
Observaciones: El Decreto 7/97 ha sido modificado por el Decreto Naturaleza Legislativa Nº 12/97.-