Prorroga plazo del artículo 2º del Decreto de Naturaleza Legislativa 7/07/97 -Régimen de Retiro Voluntario-.-
Incluida en: Histórico
Caracter: Transitorio | Objeto Cumplido
Sancionada el 06-07-1999
Publicado en el B.O.Prov. Nº3698 Pág.8
Vigencia: Art. 3º: El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 3427
Registros: 1
CONVIERTE EN Decreto De Naturaleza Legislativa L Nº10 - de 06-07-1999
(Por Art. Nº1º)