Aprueba la Reglamentación del Artículo 5° de la Ley N N° 643 -Comisiones de Fomento.- Creación.- Funcionamiento-.-
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente
Firmado el 10-12-2010
Publicado en el B.O.Prov. Nº4899 Pág.21
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
Las afectaciones sin consolidar son todas aquellas modificaciones que recibe la norma con posterioridad a su consolidación
Registros: 2
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REGLAMENTA A Ley Provincial N Nº643
Afectado/s: Art. Nº5
(Por Art. Nº1)