Digesto Jurídico

Ley Provincial S Nº4795

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Instalación, funcionamiento, regenteo, sostenimiento, promoción, publicidad, administración, explotación de whiskerías, cabarets, Clubes nocturnos, boites, casas de tolerancia, saunas o locales de alterne. Prohibición.

Incluida en: Digesto

Caracter: Permanente

Sancionada el 19-10-2012 | Promulgada el 01-11-2012 por Decreto Nº1567

Publicado en el B.O.Prov. Nº5090 Pág.6

Fecha de Consolidación: 30-03-2013

Documentos:

Texto Consolidado

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 4795


Afecta a los siguientes Documentos:

INCORPORA A Ley Provincial S Nº532
Afectado/s: Art. NºCapítulo X bis - Artículo 75 bis - Artículo 75 ter.
(Por Art. Nº5º)