Digesto Jurídico

Ley Provincial J Nº5001

Compartir en:

Los edificio donde funcionan organismos públicos, nacionales o provinciales, entidades bancarias, crediticias y financieras públicas o privadas, deben tener instalados baños, para el aseo personal y la evacuación, para clienters y usuarios en espera.

Incluida en: Digesto

Caracter: Permanente

Sancionada el 30-10-2014 | Promulgada el 18-11-2014 por Decreto Nº1571

Publicado en el B.O.Prov. Nº5306 Pág.1

Vigencia: Artículo 6º - La presente entra en vigencia a los ciento ochenta -180- días de su promulgación.

Fecha de Consolidación: 31-03-2022

Documentos:

Texto Consolidado

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 5001