Establece deber de exhibir cartel en lugar visible con leyenda oficial a todos los comercios o locales que provean servicio de cargo o venta de tarjetas SUBE -Sistema Único de Boleto Electrónico-.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Sancionada el 01-11-2018 | Promulgada el 15-11-2018 por Decreto Nº1581
Publicado en el B.O.Prov. Nº5725 Pág.3
Fecha de Consolidación: 31-03-2022
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 5326