Establece que todos los comercios o locales ubicados en la Provincia de Río Negro que provean el servicio de carga o venta de tarjetas SUBE, deben exhibir un cartel, en un lugar visible al público, con la leyenda de prohibición del cobro de adicionales y/o exigir compra para la prestación del servicio.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 01-11-2018 Promulgada el 15-11-2018 por Decreto Nº 1581/2018
Publicado en el Boletín Oficial del 26-11-2018 Pág.3;
Entrada en vigencia el 04-12-2018
Autor/es: LESCANO Leandro Martín
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 422/2018
Norma Consolidada: Ley Provincial E Nº5326