Exime pago del Impuesto de Sellos a los actos, contratos y operaciones celebrados en el marco o como consecuencia de las medidas tomadas por la pandemia COVID-19.
Incluida en: Digesto
Caracter: Transitorio
Sancionada el 24-04-2020 | Promulgada el 21-05-2020 por Decreto Nº463
Publicado en el B.O.Prov. Nº5873 Pág.1
Vigencia: Artículo 3º - El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su firma.
Fecha de Consolidación: 31-03-2022
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 5438
CONVIERTE EN Decreto De Naturaleza Legislativa I Nº3 - de 24-04-2020
(Por Art. Nº1º)