Prohíbe cualquier modo de comercialización y/o venta al público, mayorista o minorista, venta ambulante, y uso particular de todo elemento de pirotecnia, cohetería de estruendo y globos aerostáticos, sea éste de venta libre o no, y/o su fabricación en el territorio de la Provincia de Río Negro. Prohíbe su venta a menores de 16 años.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 31-10-2024 Promulgada el 07-11-2024 por Decreto Nº 420/2024
Publicado en el Boletín Oficial del 11-11-2024 Pág.4;
Entrada en vigencia el 19-11-2024
Autor/es: ODARDA María Magdalena - BERROS José Luis - DELGADO SEMPÉ Luciano Jesús - PILQUINAO Carmelio Fabián - SPÓSITO Ayelén
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 96/2024