Exceptua por el termino de 2 años el requisito del domicilio real a martilleros que efectuen remates de hacienda. Podran ma-tricularse en cualquiera de las Circunscripciones Judiciales dela Provincia.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada ( No Vigente )
Sancionada el 10-08-1983 Promulgada el 10-08-1983 De Hecho
Publicado en el Boletín Oficial del 11-08-1983 Pág.1;
Entrada en vigencia el 19-08-1983
Norma Consolidada: Ley Provincial G Nº1724
Ley Nº 2051 - Derogación Total - Desde el 08-11-1985
Descripción: Abrogada implicitamente por Ley Nº 2051
Ley Nº 1588 - Sustituye Artículo - Desde el 10-08-1983
Descripción: Excepcion por dos anios,requisito domicilio real