Exime del pago de la Tasa Retributiva de Servicios en aplicación del art. 10 apart. f. inc. 1 de la Ley 1679 -Impuesto de Sellos, Tasas Retributivas de Servicio-
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 01-09-1983 Promulgada el 01-09-1983 De Hecho
Publicado en el Boletín Oficial del 22-09-1983 Pág.2;
Entrada en vigencia el 30-09-1983
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Norma Consolidada: Ley Provincial I Nº1732
Ley Nº 1679 - Ampliación Articulo - Desde el 01-09-1983
Descripción: Aplicacion art. 10 apart.f,inc.l