Legislación General

Ley Nº 1732

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Exime del pago de la Tasa Retributiva de Servicios en aplicación del art. 10 apart. f. inc. 1 de la Ley 1679 -Impuesto de Sellos, Tasas Retributivas de Servicio-

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )

Sancionada el 01-09-1983 Promulgada el 01-09-1983 De Hecho

Publicado en el Boletín Oficial del 22-09-1983 Pág.2;

Entrada en vigencia el 30-09-1983

Autor/es: PODER EJECUTIVO

Norma Consolidada: Ley Provincial I Nº1732

Afecta a los siguientes Documentos:

Ley Nº 1679 - Ampliación Articulo - Desde el 01-09-1983

Descripción: Aplicacion art. 10 apart.f,inc.l