Faculta al IPROSS incorrporar al Seguro de Atencion Medica Integral a esposos, concubinos o concubinas de afiliado directo. Complementaria Ley 868.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada ( No Vigente )
Sancionada el 30-08-1984 Promulgada el 14-09-1984 De Hecho
Publicado en el Boletín Oficial del 20-09-1984 Pág.4;
Entrada en vigencia el 28-09-1984
Autor/es: LAGUARDIA DE LUNA Silvia Cristina - PICCININI Ana Ida
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 556/1984
Norma Consolidada: Ley Provincial K Nº1887
Ley Nº 2083 - Modifica Artículo - Desde el 18-06-1986
Descripción: Modifica arts. 1º y 3º.
Decreto Nº 2370/1987 - Firmado el 24-11-1987 - Observación - Desde el 24-11-1987
Descripción: Establece derechos y obligaciones.
Ley Nº 2753 - Derogación Total - Desde el 04-03-1994
Descripción: Abrogada implicitamente por Ley Nº 2753
Ley Nº 868 - Observación - Desde el 14-09-1984
Descripción: Incorpora esposo,concubino/a de afiliado directo.