Establece procedimiento para poner en funcionamiento el reconocimiento y pago con Certificados de Deuda Pública Rionegrina -CEDEPIR- de obligaciones del sector público con proveedores, contratistas y otros prestadores de bienes y servicios.
Carácter de la Norma: NORMATIVO Estado: Normal ( Vigente )
Firmado el 11-02-1997
Publicado en el Boletín Oficial del 24-02-1997 Pág.1;
Entrada en vigencia el 04-03-1997
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 318/1997 - Firmado el 21-04-1997 - Prorroga Articulo Art.Nº2 - Desde el 21-04-1997 - Hasta el 05-06-1997
Descripción: Prorroga 45 dias art. 2.
Decreto Nº 1480/1996 - Firmado el 10-09-1996 - Ampliación Articulo - Desde el 11-02-1997
Descripción: Establece pautas p/reconocer deudas.
Decreto Nº 1087/1996 - Firmado el 22-07-1996 - Deroga Artículo Art.Nº5 - Desde el 11-02-1997
Descripción: Deroga art. 5.Establece pautas p/reconocer deudas.
Ley Nº 2973 - Observación - Desde el 11-02-1997
Descripción: Establece requisitos p/reconocer deudas.