Legislación General

Decreto Nº 2165/1985 - Firmado el 18-12-1985 - Gobernador ALVAREZ GUERRERO Osvaldo

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Reglamenta art. 4 de la Ley 1868 -Prioriza demanda habitacional en la denominada Línea Sur.

Carácter de la Norma: NORMATIVO Estado: Normal ( Vigente )

Firmado el 18-12-1985

Publicado en el Boletín Oficial del 02-01-1986 Pág.4;

Entrada en vigencia el 10-01-1986

Autor/es: PODER EJECUTIVO

Afecta a los siguientes Documentos:

Ley Nº 1868 - Normativo - Reglamentario - Desde el 18-12-1985

Descripción: Reglamenta art. 4.

Ley Nº 21 - Normativo - Reglamenta Art. - Desde el 10-01-1986

Descripción: IPPV definirá prioridades financiación autocontrucción de viviendas, prefentemente en la denominada Línea Sur.