Legislación General

Ley Nº 3953

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Establece devolución, en un único pago en efectivo monto adeudado del aporte extraordinario a aquellos agentes que no hubieran promovido demanda judicial, por aplicación del artículo 5º de la ley nº 2990.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada ( No Vigente )

Promulgada el 05-05-2005 De Hecho

Publicado en el Boletín Oficial del 12-05-2005 Pág.3;

Entrada en vigencia el 20-05-2005

Autor/es: PODER EJECUTIVO

Trámite Legislativo: Proyecto Nº 979/2004

Norma Consolidada: Ley Provincial L Nº3953

Se encuentra afectada por:

Ley Nº 4270 - Derogación Total - Desde el 18-01-2008

Descripción: caducidad por plazo vencido, objeto o condición cumplidos

Afecta a los siguientes Documentos:

Decreto Ley Nº 8/2004 - Firmado el 10-12-2004 - Conv. en Ley- D.Ley necesidad y urgencia - Desde el 20-05-2005

Descripción: Ley 3953.

Decreto Ley Nº 6/2004 - Firmado el 31-08-2004 - Observación - Desde el 20-05-2005

Descripción: Abrogada implicitamente por Ley Nº 3953

Ley Nº 3951 - Observación - Desde el 20-05-2005

Descripción: Abrogada implicitamente por Ley Nº 3953