Los creditos devengados por actuaciones de peritos u otros auxiliares de la justicia, designados de oficio en los procesos judiciales que deban ser afrontados p/el Estado pcial., seran abonados con fondos del Presupuesto del Poder Judicial.
Fecha de Inicio de Expediente: 05-12-1996
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Promulgada
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 16-12-1996 | 19-12-1996 | Dividido |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 19-12-1996 | 19-12-1996 | Dividido |
- El 27-12-1996 Aprob.1º Vuelta Boletín Informativo Nº 83/1996 Sesión Ordinaria del 27-12-1996 a las 09:20
- El 20-03-1997 Sanción Sesión Ordinaria del 20-03-1997 a las 17:30
- El 11-04-1997 Promulgación Ley Nº 3077 por Decreto Nº262/1997 Publicada el 21-04-1997