Se denominan Juzgados de Familia a los anteriores Juzgados de Familia y Sucesiones. Reasigna competencia en materia de sucesiones y deroga artículos de las leyes nº 3554 -Competencia- 3934 -Procedimientos Especiales- y 2430 -Competencia en Sucesiones-.
Fecha de Inicio de Expediente: 10-04-2007
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Promulgada
Autor/es: GATTI Fabián Gustavo
Acompañante/s: DI GIACOMO Luis
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 17-04-2007 | 12-09-2007 | Otro |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 12-09-2007 | 02-10-2007 | Modificado |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 02-10-2007 | 02-10-2007 | Modificado |
- El 19-04-2007 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 19-04-2007 a las 08:00
- El 04-10-2007 Aprob.1º Vuelta Boletín Informativo Nº 42/2007 Sesión Ordinaria del 04-10-2007 a las 09:00
- El 08-11-2007 Sanción Sesión Ordinaria del 08-11-2007 a las 09:00
- El 23-11-2007 Promulgación Ley Nº 4239 por Decreto Nº1369/2007 Publicada el 03-12-2007