Prohibe cualquier modo de comercialización y/o venta al público, mayorista o minorista, entrega a título gratuito, venta ambulante mayorista y minorista, y uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería de estruendo, sea éste de venta libre o no y/o su fabricación en el territorio de la Provincia de Río Negro.
Fecha de Inicio de Expediente: 22-12-2020
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: MONTECINO ODARDA Juan Facundo - SALZOTTO Daniela Silvina - ROCHAS Nicolás - MAS María Alejandra - BELLOSO Daniel Rubén - CASAMIQUELA Ignacio - NOALE Luis Angel - ABRAHAM Gabriela Fernanda - BERROS José Luis - GRANDOSO María Inés - ALBRIEU Luis Horacio - MARTINI María Eugenia - CHIOCCONI Antonio Ramón - BARRENO Pablo Víctor - MANGO Héctor Marcelo
As.Of./Par. Oficial Nº 1515/2021 LEGISLADOR FACUNDO MONTECINO ODARDA, remite nota solicitando se incorpore al proyecto de ley que prohibe cualquier modo de comercialización y/o venta al público, y uso particular de todo elemento de pirotecnia en la Provincia de Río Negro, nota de la Fundación Faro Patagonia que apoya y solicita una ley de Pirotecnia Cero en Río Negro.
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 29-12-2020 | 20-04-2022 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 20-04-2022 | 20-04-2022 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 20-04-2022 | 20-04-2022 |
- El 29-04-2021 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 29-04-2021 a las 09:00
- El 20-04-2022 Caducidad Sesión Ordinaria del 20-04-2022 a las 09:00