Establece la obligatoriedad de la colocación de cartelería con sellos y/o advertencias precautorias de excesos de azúcares, sodio, grasas totales, grasas saturadas y calorías en los productos sólidos y líquidos ofrecidos en el desayuno, merienda, almuerzo o cena de tipo buffet y/o autoservicio para todos los establecimientos del rubro hotelero y/o gastronómico en todo el territorio de la provincia.
Fecha de Inicio de Expediente: 28-06-2023
Trámite parlamentario: Activo
Etapa del Expediente: Ingresado
Autor/es: SZCZYGOL Marcelo Fabián - LÓPEZ Facundo Manuel
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 29-06-2023 | ||
PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | |||
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | |||
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
- El 06-07-2023 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 06-07-2023 a las 09:00