Prohíbe cualquier modo de comercialización y/o venta al público, mayorista o minorista, venta ambulante, y uso particular de todo elemento de pirotecnia, cohetería de estruendo y globos aerostáticos, sea éste de venta libre o no, y/o su fabricación en el territorio de la Provincia de Río Negro. Prohíbe su venta a menores de 16 años.
Fecha de Inicio de Expediente: 09-02-2024
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Promulgada
Autor/es: ODARDA María Magdalena
Acompañante/s: BERROS José Luis - SPÓSITO Ayelén - DELGADO SEMPÉ Luciano Jesús - PILQUINAO Carmelio Fabián
As.Of./Par. Oficial Nº 1346/2024 LEGISLADORA MAGDALENA ODARDA, remite modificaciones al proyecto de ley de su autoría que prohíbe cualquier modo de comercialización y/o venta al público, mayorista o minorista, venta ambulante, y uso particular de todo elemento de pirotecnia, cohetería de estruendo y globos aeroestáticos, sea éste de venta libre o no, y/o su fabricación en el territorio de la Provincia de Río Negro. Prohíbe su venta a menores de 16 años.
As.Of./Par. Particular Nº 1369/2024 ASOCIACIONES CIVILES Y VECINOS PROTECCIONISTAS, remiten notas manifestando el apoyo al proyecto de ley que prohíbe cualquier modo de comercialización y/o venta al público, mayorista o minorista, venta ambulante, y uso particular de todo elemento de pirotecnia, cohetería de estruendo y globos aeroestáticos, sea éste de venta libre o no, y/o su fabricación en el territorio de la Provincia de Río Negro. Prohíbe su venta a menores de 16 años. Aprobado en 1º vuelta el 05/09/24, Bol. Inf. nº 14/2024.
As.Of./Par. Oficial Nº 1412/2024 LEGISLADORA MAGDALENA ODARDA, remite nota de la Cooperadora de Trabajo Cuidados Integrales para la Salud Bariloche, por la que manifiestan el apoyo al proyecto que "prohíbe cualquier venta al público, mayorista o minorista, venta ambulante y uso particular de todo elemento de pirotecnia, cohetería de estruendo y globos aeroetáticos, sea éste de venta libre o no, y/o su fabricación en el territorio de la Provincia de Río Negro. Prohíbe su venta a menores de 16 años. Aprob.1º Vuelta. B.I. 14/2024.
As.Of./Par. Particular Nº 1371/2024 ASOCIACIÓN CIVIL CREE SER PADRES TEA RÍO NEGRO, remite nota manifestando su apoyo al proyecto de ley que prohíbe cualquier modo de comercialización y/o venta al público, mayorista o minorista, venta ambulante, y uso particular de todo elemento de pirotecnia, cohetería de estruendo y globos aeroestáticos, sea éste de venta libre o no, y/o su fabricación en el territorio de la Provincia de Río Negro. Prohíbe su venta a menores de 16 años. Aprobado en 1º vuelta el 05/09/24, B. I. nº 14/2024.
As.Of./Par. Oficial Nº 1373/2024 DEFENSORA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO, remite nota de asociaciones civiles, agrupaciones y vecinos proteccionistas, manifestando el apoyo al proyecto de ley nº 96/2024, aprobado en 1º vuelta el 05/09/24, Boletín Informativo nº 14/2024.
As.Of./Par. Particular Nº 1421/2024 CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE FUEGOS ARTIFICIALES, remite nota solicitando participar en el tratamiento en comisiones del proyecto de ley que prohíbe cualquier modo de comercialización y/o venta al público, mayorista o minorista, venta ambulante, y uso particular de todo elemento de pirotecnia, cohetería de estruendo y globos aerostáticos, sea éste de venta libre o no, y/o su fabricación en el territorio de la Provincia de Río Negro. Aprob. en 1º vuelta el 05/09/24, B.I. nº 14/2024.
As.Of./Par. Particular Nº 1432/2024 CIUDADANO CRISTIAN RODICIO, remite planillas con firmas de ciudadanos en apoyo a la aprobación del proyecto de ley que prohíbe cualquier modo de comercialización y/o venta al público, mayorista o minorista, venta ambulante, y uso particular de todo elemento de pirotecnia, cohetería de estruendo y globos aerostáticos, sea éste de venta libre o no, y/o su fabricación en el territorio de la Provincia de Río Negro. Prohíbe su venta a menores de 16 años. Aprob. en 1º vuelta el 5/9/24, B.I. nº 14/2024
As.Of./Par. Oficial Nº 1433/2024 LEGISLADORA MAGDALENA ODARDA, remite modificaciones al proyecto de ley que prohíbe cualquier modo de comercialización y/o venta al público, mayorista o minorista, venta ambulante, y uso particular de todo elemento de pirotecnia, cohetería de estruendo y globos aerostáticos, sea éste de venta libre o no, y/o su fabricación en el territorio de la Provincia de Río Negro. Prohíbe su venta a menores de 16 años.Aprob. en 1º Vuelta B.I. nº 14/2024.
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 16-02-2024 | 03-09-2024 | Modificado |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 03-09-2024 | 03-09-2024 | Modificado |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 03-09-2024 | 03-09-2024 | Modificado |
- El 14-03-2024 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 14-03-2024 a las 08:00
- El 05-09-2024 Aprob.1º Vuelta Boletín Informativo Nº 14/2024 Sesión Ordinaria del 05-09-2024 a las 09:00
- El 12-09-2024 Observación Expediente: As.Of./Par. Particular Nº 1354/2024
- El 31-10-2024 Sanción Sesión Ordinaria del 31-10-2024 a las 08:00
- El 07-11-2024 Promulgación Ley Nº 5761 por Decreto Nº420/2024 Publicada el 11-11-2024