Legislación General

Ley Nº 632

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Deroga art. 14 inc. 1- Ley 21-IPPV. Deroga arts. 1º, 2º y 3º dela Ley 481. Modifica arts. 37º,43º,151º párrafos 3ro. y 4to., art.157º,264º inc. 31 del Código Fiscal

Carácter de la Norma: MODIFICATORIO Estado: Derogada ( No Vigente )

Sancionada el 14-05-1971 Promulgada el 14-05-1971 De Hecho

Publicado en el Boletín Oficial del 24-05-1971 Pág.1;

Entrada en vigencia el 01-06-1971

Autor/es: PODER EJECUTIVO

Norma Consolidada: Ley Provincial I Nº632

Se encuentra afectada por:

Ley Nº 4270 - Derogación Total - Desde el 18-01-2008

Descripción: caducidad por plazo vencido, objeto o condición cumplidos

Afecta a los siguientes Documentos:

Ley Nº 21 - Deroga Artículo Art.Nº14 inc. 1 - Desde el 14-05-1971

Descripción: Deroga art. 14 inc. 1-.

Ley Nº 481 - Deroga Artículo - Desde el 14-05-1971

Descripción: Deroga arts. 1,2 y 3.

Decreto Ley Nº 1246/1957 - Firmado el 31-12-1957 - Modifica Artículo - Desde el 01-06-1971

Descripción: Modifica arts.